Comprar en Cartagena: ¿obra nueva o de segunda mano?
Si has tomado la gran decisión de venirte a vivir a Cartagena, probablemente ahora te enfrentes a una de las grandes preguntas en el proceso de compraventa. ¿Qué es mejor: obra nueva o de segunda mano? En realidad no hay respuesta correcta, pues dependerá mayoritariamente de las preferencias y necesidades de cada comprador. Lo que sí que hay son muchos factores y algunos impuestos que influyen en esta elección y que, si sigues leyendo, hoy desde el equipo de RK Gesprocasa compartimos contigo.
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Toggle¿Qué consideramos obra nueva?
Hay quien ama el olor a libro recién estrenado y no soporta leer páginas arrugadas, por no hablar de las marcadas en lápiz. Hay quien adora el color ocre de los libros antiguos y encuentra el encanto entre las frases subrayadas por personas que disfrutaron de esa misma lectura años atrás. Con los inmuebles ocurre algo parecido; estrenar el que será tu nuevo hogar no siempre tiene por qué ser la opción deseada. Para gustos, viviendas.
Ahora bien, ¿Qué se considera una casa nueva actualmente? Según la ley, una vivienda de obra nueva es aquella que se adquiere por primera vez y directamente a través del promotor inmobiliario una vez finalizadas las obras. Es decir, si el inmueble se entrega por primera vez después de haber terminado la construcción o rehabilitación y no ha sido habitada por inquilinos distintos a los compradores durante un plazo de dos (o más) años, estaremos hablando de obra nueva.
Puede que ahora estés pensando qué ocurriría si el promotor alquila la vivienda y, pasados dos años, decide ponerla a la venta. En este caso concreto, si son los mismos arrendatarios los que van a comprarla, también se considerará obra nueva y por lo tanto tendrá que hacer frente a los impuestos correspondientes.
¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda?
Comprar un hogar en el que vivir es probablemente una de las decisiones más cruciales de tu vida y por eso tiene que meditarse como tal. Antes de saltar a la piscina, considerar aspectos básicos pero determinantes como tu situación económica actual y presupuesto máximo es esencial para que el proceso de compraventa sea un éxito. Tanto es así que en RK Gesprocasa acompañamos a nuestros clientes para poder ajustar la búsqueda de la vivienda entre el rango de precios que puedas permitirte, teniendo en cuenta todos aquellos agentes externos (como las subidas de impuestos o del Euribor) que, entre tanta emoción, suelen pasarse por alto. He aquí la importancia de dejarse asesorar por un agente inmobiliario cualificado.
Si es de obra nueva: IVA + IAJD
Si quieres comprar una casa o piso de nueva construcción, tienes que tener en cuenta que deberás abonar el impuesto sobre el valor añadido (IVA). En el territorio español es de un 10% sobre el precio final de venta (4% si es de protección oficial), excepto en Canarias donde se aplica el impuesto general indirecto canario (IGIC) que es del 6,5%. Como ya te imaginarás, este impuesto no es el único que tendrás que sumarle al precio de tu nueva vivienda.
El impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD) sigue la lista. Este tributo grava los documentos jurídicos necesarios en el proceso de compraventa del inmueble, y su precio dependerá de cada comunidad autónoma. La diferencia entre regiones es bastante significativa, aunque por lo general el IAJD oscila entre el 0’5% y el 2% del precio del piso o casa. Algunas comunidades contemplan tipos reducidos para facilitar el acceso a la vivienda a determinados segmentos de la población.
A diferencia del IVA, que se abona directamente al vendedor junto con la cantidad a abonar por el inmueble, el IAJD (y el ITP, que veremos a continuación) debe pagarse presencialmente u online a la Administración Tributaria de la comunidad autónoma en la que se adquiere la vivienda. ¿Te está entrando la ansiedad? No te preocupes: en RK Gesprocasa nos ocupamos de todo el papeleo para que tú solo tengas que encargarte de disfrutar de tu nuevo hogar.
Si es de segunda mano: ITP
En el caso de las viviendas de segunda mano, el comprador no deberá pagar ni el IVA ni el IAJD, pero sí que tendrá que hacer frente al impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP). Este porcentaje se aplica sobre el precio de compra que se estipula en las escrituras y también varía según la comunidad autónoma donde se ubique la vivienda. El tipo que suele aplicarse oscila entre el 6% y el 10%.
Ahorra gracias a tu agente inmobiliario en Cartagena
Imprevistos, engaños y dolores de cabeza: hay muchas formas de ahorrar a la hora de comprar tu vivienda y puedes conseguir todas ellas aliándote con tu agente inmobiliario de confianza. Una de las preocupaciones más comunes entre los futuros propietarios es saber (de verdad y sin sorpresas de última hora) cuánto les va a costar su nuevo hogar. En RK Gesprocasa sabemos lo incómoda que resulta esa incertidumbre y por eso nos encargamos de calcular con antelación todos los gastos e impuestos para que no haya sustos.
Y si te estresa todo el tema del papeleo, déjanos decirte que estás en buenas manos. Los complejos procesos burocráticos y todo lo relacionado con el pago de los distintos impuestos pueden sacar de quicio hasta al comprador más ilusionado. Esa es una de las razones por las que, desde el principio, contamos con el mejor equipo de expertos en temas legales para que tú no tengas que preocuparte de nada más que de firmar en notaría. Negociaciones, liquidaciones de impuestos, posibles bonificaciones: nos encargamos de todo para que salgas siempre beneficiado.
Como ves, tanto si es de segundo uso u obra nueva, comprar una vivienda no es tarea fácil y son muchos los factores a tener en cuenta. Si optas por comprar una vivienda de obra nueva en Cartagena o de segunda mano, es recomendable: Dejarte asesorar y contar con unos servicios inmobiliarios de calidad llevados a cabo por un equipo de expertos con años de experiencia marcará la diferencia en este proceso. Todo lo que necesitas para dar cuanto antes con el hogar de tus sueños en Cartagena al mejor precio y sin perder tu tranquilidad, a un clic de ti.